El Convenio Regulador es el documento que se presenta junto con la Demanda de Separación o Divorcio solicitada de mutuo acuerdo por ambos cónyuges o por uno con el consentimiento del otro para su aprobación judicial previa ratificación de los cónyuges en el Juzgado. Recientemente se ha incorporado la posibilidad de firmarlo ante Notario siempre y cuando no haya hijos menores de edad.

Igualmente se utiliza el Convenio Regulador para establecer las Medidas relativas a los hijos en casos de ruptura de parejas de hecho.

En el Convenio Regulador los cónyuges plasman las Medidas que van a regular su situación futura, tanto en relación con los hijos comunes como con sus relaciones económicas y patrimoniales, pudiendo incluso en el mismo incluirse la Liquidación de la sociedad de gananciales.

El convenio regulador debe contener los siguientes extremos:

  • Atribución de la guarda y custodia de los hijos (materna, paterna o compartida)
  • Determinación del régimen de visitas y comunicaciones a favor del progenitor no custodio
  • La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.
  • Las cantidades de contribución al sostenimiento de las cargas del matrimonio y para el mantenimiento de los hijos en concepto de pensión de alimentos; así como los criterios para su actualización y las garantías, en su caso y determinación y contribución a gastos extraordinarios
  • La cantidad que, en su caso, y en concepto de pensión compensatoria, uno de los cónyuges ha de satisfacer al otro por el desequilibrio económico que se deriva de la separación o divorcio o nulidad matrimonial.

Resulta fundamental contar con el asesoramiento de un Abogado experto en Derecho de Familia, tanto para la negociación como para la redacción de este Convenio Regulador pues será la base de las relaciones futuras de las partes.

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