Febrero 2020

 

Muchos son los padres que acuden a nuestro despacho planteando la posibilidad de poder obtener la custodia exclusiva de sus hijos, puesto que piensan que es una batalla perdida frente a si piden la custodia exclusiva las madres.

Tradicionalmente, y en especial desde mediados del siglo XIX, empezó a concederse en la gran mayoría de casos la custodia exclusiva a favor de la madre, dada la organización social de la época y la forma en que se estructuraban las familias. Se tenía la idea de que la madre tenía una mayor disponibilidad y capacitación para el cuidado de los hijos, que aconsejaban la atribución de la custodia de los hijos menores a su favor, especialmente cuando eran de temprana edad.

Sin embargo, la creciente incorporación de la mujer a la vida laboral y la paridad de implicación de ambos progenitores en las tareas del hogar y en el cuidado de los hijos,  llevó a que actualmente se haya venido observándose una tendencia hacia la concesión de la custodia compartida, por considerar que esta modalidad es lo mejor para el interés del menor.

A día de hoy, se equipara la capacitación de ambos progenitores para el cuidado del menor, considerando que tanto el padre como la madre pueden ejercer en igualdad de condiciones el cuidado y atención de sus hijos menores. De ahí que, frente a lo que antiguamente parecía impensable, ahora encontremos ciertos casos en los que se llega a atribuir directamente la custodia monoparental al padre.

Uno de los escenarios habituales por los que se puede pedir la custodia en exclusiva es en el que uno de los progenitores plantea el marcharse a otra ciudad, por motivos profesionales o por razones personales.

Para poder ver qué es lo mejor para los niños en este caso, tendremos que estar atentos a muchos factores, tales como: cuál es la implicación de los progenitores en la vida de sus hijos, la estabilidad de los menores si se produjese dicho cambio, su edad (puesto que a cierta edad su opinión cuenta), la distancia entre ciudades así como apoyos familiares que existen en dicha ciudad…al igual que es muy importante el arraigo familiar, social y escolar de los niños en su ciudad natal.

Todo esto nos permitirán poder defender la idea de que el progenitor que se marcha se lleve consigo al menor, o bien todo lo contrario, siendo siempre prioritario el interés superior de los menores.

Otro ejemplo es cuando los propios niños, mayores de 12 años, desean vivir con su padre. Como padre, ¿puedo conseguir la custodia exclusiva de mis hijos?

Cuando los menores tienen claro que quieren vivir con uno de los progenitores y son capaces de razonar esta decisión contando con la madurez suficiente, facilita mucho las cosas. Si los niños son mayores de 12 años, es obligatorio escucharles en el Juzgado mediante la Exploración Judicial, que no es otra cosa que una entrevista informal con el Juez y el Fiscal en la que van preguntando al menor sobre su vida y la relación que tienen con sus padres.

Pero no es cuestión de tener solamente en cuenta su opinión, puesto que debe de ir siempre por delante su bienestar ante todo.

Si la madre viaja mucho por su profesión, ¿un padre puede solicitar la guarda y custodia exclusiva de sus hijos si tiene disponibilidad laboral y está cerca del colegio?

Por supuesto que se podría pedir guarda y custodia en exclusiva al padre ya que, incluso si fue atribuida la guarda y custodia de los hijos a la madre en su día, no implica que no pueda producirse un cambio de las circunstancias familiares que aconseje un cambio de guarda y custodia a favor del progenitor paterno.

Hay muchas sentencias, como la dictada por la Sala Primera del Tribunal Supremo, en la Sentencia 355/2016 de 30 mayo 2016, destacando que para decidir sobre la oportunidad de aplicar la guarda y custodia compartida debe apreciarse la Ley de Protección Jurídica del menor de fecha 15 de enero de 1996, la normativa internacional, la Declaración de los Derechos del Niño, y la Asamblea General de las Naciones Unidas de 1989, esto es, considerar primordial el interés de los menores. Y, al igual que la sentencia de primera y segunda instancia, se apoya en el informe psicosocial del que extrae las mismas consecuencias para concluir que el interés del menor aconseja que le sea confiada al padre la guarda y custodia exclusiva del hijo.

Si eres padre y quieres conseguir la custodia de tu hijo, te damos algunos consejos a tener en cuenta, que deberás llevar a cabo a la hora de solicitarla:

  1. Estar presente e involucrado en la vida del menor.
  2.  Tener tiempo disponible para su cuidado: los hijos necesitan tiempo, por lo que es imprescindible que puedas conciliar tus horarios laborales con el cuidado de tus hijos y tener disponibilidad para atenderles si quieres su custodia. También es muy importante y necesario que dispongas de un buen ambiente para su crianza, es decir, que dispongas de medios económicos para mantenerlos, que vivas en un lugar seguro y saludable y que dispongas de un entorno familiar y de afecto.
  3. Flexibilidad con el otro progenitor: es importante que seas flexible con las necesidades del otro progenitor y sus posibilidades con los menores, ya que siempre lo más importante es el bienestar del menor.
  4. Tener en cuenta la voluntad del menor: especialmente cuando son mayores de 12 años, es importante que escuchemos al menor, para saber cuáles son sus deseos (si, por ejemplo, no quiere ser separado de sus hermanos o si prefiere seguir yendo al mismo colegio).
  5. Buscar asesoramiento: aunque no siempre le damos la importancia que se merece, es esencial que busques ayuda de un abogado profesional, que será quien nos asesore si es conveniente que solicitemos la custodia del menor, cuándo y cómo debemos hacerlo, indicando la mejor estrategia jurídica para conseguirlo.
  6. Bienestar del menor: es normal que entre los progenitores existan conflictos, pero esto no debe repercutir sobre los hijos. Es importante que alejemos a los menores de nuestros problemas de pareja, evitando  mal influenciarles sobre el otro progenitor.